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# ¿Los socios de una empresa pueden trabajar en ella y ser remunerados?

Sí, los empresarios o socios de una empresa y que cumplan una función en ella pueden asignarse un sueldo, el que recibe el nombre de Sueldo Empresarial o Sueldo Patronal.

En realidad el sueldo empresarial es una franquicia tributaria en la que el SII acepta como gasto necesario para producir el ingreso, el sueldo de los socios o dueños y que sea asignado bajo esta modalidad.

Este sueldo no constituye una relación de subordinación y dependencia para con la empresa, y está afecto a impuesto de segunda categoría, de acuerdo a las leyes tributarias vigentes en Chile.

Cabe destacar que al no entenderse al socio como trabajador propiamente tal de la empresa, no podrá optar a ayudas estatales como el IFE o bien el Seguro de Cesantía.

Si quieres revisar más información sobre este sueldo, visita [este artículo que preparamos sobre el tema.](/es/article/sueldo-empresarial-1plzkxt/)