Paso a Paso IVA empresas digitales
Es importante comenzar revisando si tu empresa paga o no IVA. En el caso que sea 100% exenta de IVA no se debe hacer nada. El proveedor extranjero cobrará el IVA por sus servicios digitales y se le debe pagar el impuesto a él.
Por otro lado, en caso de que tu empresa sea afecta a IVA (o tengas ambos giros: afecto y exento), entonces sí debes declarar el IVA de los servicios de las empresas extranjeras. Para ello debes:
- Revisar la lista del SII y confirmar si tu empresa trabaja con alguno de esos proveedores extranjeros. El IVA digital aplica solo a las empresas de este listado, por lo que si trabajas con empresas extranjeras fuera de ese listado, no se deben considerar.
- Al trabajar con estas empresas extranjeras la empresa chilena debe emitir una Factura de Compra Electrónica (FCE) por cada factura que haya recibido y que haya sido emitida a partir del 1 de junio 2020. Estas se emiten al “ID“ que el SII le dio a cada una de esas empresas extranjeras.
- En caso de que tu empresa no esté habilitada para emitir Facturas de Compra electrónica debe solicitarse al SII. Aquí hay una ayuda sobre este punto.
Actualizado el: 18/03/2024
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